Trabajo de la mujer


Trabajo de la mujer
Se rige por las disposiciones generales y en función de su naturaleza, se le aplica un régimen especial.
Todas las trabajadoras que vayan a ser madres tienen derecho al goce de la licencia por maternidad, cuyo período consiste en 14 semanas.
La trabajadora embarazada podrá adelantar el inicio de su licencia hasta 6 semanas antes de la fecha del parto, o cesar en todas sus tareas una semana antes de este y no podrá reintegrarse hasta 8 semanas después del nacimiento de su hijo; alcanzando un total de 14 semanas.
Este derecho alcanza no solamente a las mujeres que estén prestando servicios subordinados, sino también a las que tienen su relación laboral suspendida o se les haya extinguido durante el período de embarazo o de descanso posparto y las que están amparadas por el seguro de desempleo.
Según el artículo 1 de la Ley 19161 tienen derecho al subsidio por maternidad:
a.    Las trabajadores dependientes de la actividad privada
b.    Las trabajadoras no dependientes que desarrollen actividades amparadas por el BPS.
c.    Las titulares de empresas monotributistas.
d.    Las trabajadoras, que habiendo sido despedidas quedasen grávidas durante el período de amparo al subsidio por desempleo.
La licencia por maternidad puede ampliarse en las siguientes situaciones:
·         Cuando el parto se produce después  de la fecha prevista.
·         Cuando se origina una enfermedad a consecuencia del  embarazo.
·         Cuando se origina una enfermedad a consecuencia del parto.
Los trabajadores (padres y/o madres) tendrán derecho a un subsidio para el cuidado del recién nacido que consiste en una reducción de la jornada laboral. Esta no puede exceder la mitad del horario habitual ni podrá superar las cuatro horas diarias (hasta los 6 meses de edad).
Trabajadora embarazada o madre reciente: no puede ser despedida.
El art 7 de la ley prevé la inactividad compensada por paternidad (10 días).
Son requisitos para hacer uso del subsidio la presentación ante el BPS del certificado médico correspondiente o testimonio de la partida de nacimiento de su hijo.



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