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Mostrando entradas de octubre, 2018

Ciudadanía

CIUDADANÍA La ciudadanía es la relación jurídica o legal entre la persona y el Estado que le permite actuar como elector o elegible. Según nuestra Constitución “los ciudadanos de la República Oriental del Uruguay son naturales o legales” (art. 73). Son ciudadanos naturales , no solo los nacidos en cualquier punto del territorio de la Republica, sino también los hijos de padre o madre oriental, con tal que vengan a vivir al país y se inscriban en el Registro Cívico (art. 74). En el Registro Cívico Nacional (RCN) se inscriben todos los mayores de 18 años a efecto de hacer uso de sus derechos de ciudadanos (votar, presentarse como candidato, desempeñar cargos públicos). También pueden inscribirse los que no han cumplido 18 años pero los cumplirán antes de la fecha fijada para las elecciones. Los ciudadanos legales son los extranjeros, a quienes después de haber cumplido ciertas condiciones, se les acuerda el derecho de tales. Según la Constitución (art. 75) pueden

Autocracia

Autocracia Forma de gobierno en la cual el poder se concentra en una sola persona y que, por lo tanto, no se permite la  participación  de otros individuos o grupos sociales. La palabra autocracia proviene del griego para el cual el término  autos   significa “uno mismo” y kratos   significa “gobierno”. Esto nos da a entender que la autocracia es el gobierno de uno solo. Ø   Todas las competencias residen en el Estado; este orienta a los individuos de tal manera que se hace necesario que sean suprimidos los derechos individuales relacionados con la libre expresi ón del pensamiento, libertad de opinión, de prensa, de reunión, restricciones a la constitución de los partidos políticos. Ø   Hay un solo partido político o se tiende a ello, haciendo imposible la gravitación en el gobierno a los otros partidos. Ø   No hay control jurídico sobre los actos del gobernante. Ø   El sufragio carece de verdadera libertad. Ø   Existe un único centro de poder. Es autoritario y se opo

Gobierno y Democracia

Gobierno: Es un conjunto de órganos o de autoridades que cotidianamente ejercen la dirección del Estado. El Estado como organización tiene permanencia, mientras que el gobierno es dinámico, admite renovaciones. Democracia: Democracia (demos: pueblo; kratos: poder) significa el gobierno del pueblo. Es decir, una forma de gobierno en la que todos-o los más-participan en él. Se puede decir, que la democracia, más que una forma de gobierno es un estilo de vida que adoptan las sociedades y se manifiesta en las siguientes dimensiones: política, social, política y económica. Dimensión política Ø   Soberanía popular. La soberanía (poder supremo que permite tomar decisiones de gobierno)   radica en la nación. Ø   Separación de poderes. El aspecto más importante radica en que el poder no se concentre en una persona u órgano sino que se comparta, permitiendo mayor libertad, generando garantías a las libertades de todos y evitando el abuso de poder. Cada uno de los poderes e

Trabajo de la mujer

Trabajo de la mujer Se rige por las disposiciones generales y en función de su naturaleza, se le aplica un régimen especial. Todas las trabajadoras que vayan a ser madres tienen derecho al goce de la licencia por maternidad, cuyo período consiste en 14 semanas. La trabajadora embarazada podrá adelantar el inicio de su licencia hasta 6 semanas antes de la fecha del parto, o cesar en todas sus tareas una semana antes de este y no podrá reintegrarse hasta 8 semanas después del nacimiento de su hijo; alcanzando un total de 14 semanas. Este derecho alcanza no solamente a las mujeres que estén prestando servicios subordinados, sino también a las que tienen su relación laboral suspendida o se les haya extinguido durante el período de embarazo o de descanso posparto y las que están amparadas por el seguro de desempleo. Según el artículo 1 de la Ley 19161 tienen derecho al subsidio por maternidad: a.     Las trabajadores dependientes de la actividad privada b.     Las trabajador

Trabajador rural

Trabajador rural Se entiende por trabajador rural a todo el   que bajo la dirección de otra persona, empleadora, ejecuta eventualmente trabajos rurales fuera de las zonas urbanas, mediante el pago de un salario y demás prestaciones. Siguiendo el régimen general de todo trabajador, tiene derecho a recibir una retribución mínima por su trabajo que le asegure la satisfacción normal de sus necesidades y las de su familia. Los salarios se pagarán en dinero no admitiéndose deducción alguna por suministro de alimentación y vivienda, ni por la utilización de tierras en beneficio del propio trabajador. El empleador le suministrará al trabajador, su cónyuge o su concubina/o, sus descendientes menores de edad y sus padres, si viven con él: ·          Condiciones higiénicas de habitación. ·          Agua potable y alimentación suficiente. ·          Iluminación cercana a la vivienda. ·          Despensa permanente de todos los alimentos necesarios. ·          Asistencia médica